liquidación Sin Especificar Bogota

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA NOTARIA SEGUNDA CIRCULO DE BUENAVENTURA EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO (2°) DEL CIRCULO DE BUENAVENTURA EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia del (la) NESTOR AUGUSTO CORTES (Q.E.P.D.) Identificado (s) con la (s) cedula de ciudadanía Nos. 5.357.247 de tumaco quien (es) falleciera (n) en la ciudad en Cali- Valle el día 4 de enero 2024. para que se hagan presentes dentro de los diez días siguientes a la publicación de este EDICTO en el periódico. El respectivo trámite fue aceptado en esta Notaria mediante Acta No. 45 Del cuatro (04) de septiembre de 2025 en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3o. del Decreto 902 de 1998 se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora local, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES. SE FIJA EL PRESENTE EDICTO A LOS CINCO (05) DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025. Siendo la 8:00 A.M. LA NOTARIA: DURIEN RAYO NOREÑA, NOTARIA SEGUNDA (2a) DEL CIRCULO BUENAVENTURA.

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FECHA: VEINTISIETE (27) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 2º DEL ARTICULO 3° DEL DECRETO LEY 902 DE 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y puedan tener derecho a intervenir en la liquidación notarial de la herencia intestada del(la) (los) causante(s) MERCEDES RODRIGUEZ DE LOZANO quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 20.001.234, quien falleció el día dieciocho (18) de julio de dos mil veinticuatro (2024) en Bogotá D.C., quien tuvo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá D.C., para que lo hagan dentro de los diez (10) días primeros hábiles siguientes a la última publicación del Edicto en los distintos medios ante este despacho, situado en la Calle 70 A No 11 28 de esta ciudad de Bogotá D.C., cuyo trámite herencial se inició con el Acta número doscientos noventa y seis (296) de fecha veintiséis (26) de agosto de dos mil veinticinco (2025). Se fija hoy veintisiete (27) de agosto de dos mil veinticince2025) a las ocho y cuarto de la mañana (8:15) a.m. ERIC TREMOLADA ALVAREZ NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN: El presente Edicto fue desfijado el día, a las, (). NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C RAD: 1622/2025 PE1 MILENA H.

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FECHA: VEINTIDOS (22) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 2° DEL ARTICULO 3° DEL DECRETO LEY 902 DE 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y puedan tener derecho a intervenir en la liquidación notarial de la herencia intestada del(la) (los) causante(s) JULIO ALEJANDRO CELIS PORRAS quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 19.369.686, quien falleció el día diez (10) de mayo de dos mil veintiuno (2021) en la ciudad de Bogotá D.C., quien tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá D.C., para que lo hagan dentro de los diez (10) días primeros hábiles siguientes a la última publicación del Edicto en los distintos medios ante este despacho, situado en la Calle 70 A No 11 28 de esta ciudad de Bogotá D.C., cuyo trámite herencial se inició con el Acta número doscientos noventa (290) de fecha veintiuno (21) de agosto de dos mil veinticinco (2025). Se fija hoy veintidós (22) de agosto de dos mil veinticinco (2025) a las ocho y cuarto de la mañana (8:15) a.m. ERIC TREMOLADA ÁLVAREZ, NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN: El presente Edicto fue desfijado el día, a las, (). NOTARIO SEXTO (6a) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. RAD: Ximena 1760/2025 Reviso: Argelia D.

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FECHA: VEINTIDOS (22) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 2° DEL ARTICULO 3° DEL DECRETO LEY 902 DE 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y puedan tener derecho a intervenir en la liquidación notarial de la herencia intestada del (la) (los) causante(s) MARIA LIDI AMIRA PORRAS DE CELIS quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 20.104.414, quien falleció el día veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025) en la ciudad de Bogotá D.C., quien tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá D.C., para que lo hagan dentro de los diez (10) días primeros hábiles siguientes a la última publicación del Edicto en los distintos medios ante este despacho, situado en la Calle 70 A No 11 28 de esta ciudad de Bogotá D.C., cuyo trámite herencial se inició con el Acta número doscientos noventa y uno (291) de fecha veintiuno (21) de agosto de dos mil veinticinco (2025). Se fija hoy veintidós (22) de agosto de dos mil veinticinco (2025) a las ocho y cuarto de la mañana (8:15) a.m. ERIC TREMOLADA ÁLVAREZ, NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN: El presente Edicto fue desfijado el día, a las, (). NOTARIO SEXTO (6a) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C RAD: Ximena 1759/2025 Reviso: Argelia D.

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FECHA: CATORCE (14) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 2° DEL ARTICULO 3° DEL DECRETO LEY 902 DE 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y puedan tener derecho a intervenir en la liquidación notarial de la herencia intestada del(la) (los) causante(s) HECTOR MANUEL SIERRA quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 2.890.690, quien falleció el día seis (6) de marzo del dos mil veinticuatro (2024) en la ciudad de Bogotá D.C., quien tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá D.C., para que lo hagan dentro de los diez (10) días primeros hábiles siguientes a la última publicación del Edicto en los distintos medios ante este despacho, situado en la Calle 70 A No 11 28 de esta ciudad de Bogotá D.C., cuyo trámite herencial se inició con el Acta número doscientos ochenta y cuatro (284) de fecha trece (13) de agosto de dos mil veinticinco (2025). COLUMBIA Se fija hoy catorce (14) de agosto de dos mil veinticinco (2025) a las ocho y cuarto de la mañana (8:15) a.m. JUAN GUILLERMO HERRERA LUNA, NOTARIO SEXTO (6) ENCARGADO DEL CIRCULO DE BOGOTÁ D.C. CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN: El presente Edicto fue desfijado el día, a las, ( ). NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.

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FECHA: QUINCE (15) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C ENCARGADO DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 2° DEL ARTICULO 3° DEL DECRETO LEY 902 DE 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y puedan tener derecho a intervenir en la liquidación notarial de la herencia intestada del(la) (los) causante(s) ELIZABETH GUZMAN CAMPOS quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 41.762.570, quien falleció el día seis (06) de mayo de dos mil veintiuno (2021) en Bogotá D.C., quien tuvo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá D.C., para que lo hagan dentro de los diez (10) días primeros hábiles siguientes a la última publicación del Edicto en los distintos medios ante este despacho, situado en la Calle 70 A No 11 28 de esta ciudad de Bogotá D.C., cuyo trámite herencial se inició con el Acta número doscientos ochenta y cinco (285) de fecha catorce (14) de agosto de dos mil veinticinco (2025). Se fija hoy quince (15) de agosto de dos mil veinticinco (2025) a las ocho y cuarto de la mañana (8:15) a.m. JUAN GUILLERMO HERRERA LUNA NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C ENCARGADO CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN: El presente Edicto fue desfijado el día, a las ( ). NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C.

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FECHA: DOCE (12) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) EL SUSCRITO NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 2° DEL ARTICULO 3° DEL DECRETO LEY 902 DE 1988 EMPLAZA: A todas las personas que crean y puedan tener derecho a intervenir en la liquidación notarial de la herencia intestada del(la) (los) causante(s) JORGE FORERO RODRIGUEZ quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 17.014.114, quien falleció el día dos (02) de octubre de dos mil veintitrés (2023) en Bogotá D.C., quien tuvo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios en la ciudad de Bogotá D.C., para que lo hagan dentro de los diez (10) días primeros hábiles siguientes a la última publicación del Edicto en los distintos medios ante este despacho, situado en la Calle 70 A No 11 28 de esta ciudad de Bogotá D.C., cuyo trámite herencial se inició con el Acta número doscientos ochenta y uno (281) de fecha once (11) de agosto de dos mil veinticinco (2025). Se fija hoy doce (12) de agosto de dos mil veinticinco (2025) a las ocho y cuarto de la mañana (8:15) a.m. ERIC TREMOLADA ÁLVAREZ NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTA D.C. CONSTANCIA DE DESFIJACIÓN: El presente Edicto fue desfijado el día, a las ( ). NOTARIO SEXTO (6ª) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. Elaboro: Milena RAD: 1529/2025 PE1.

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EL NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) DEL CÍRCULO DE BOGOTÁ D.C. ORDENA LA PUBLICACIÓN EDICTO EMPLAZATORIO. De conformidad con el mandato contenido en el Artículo Tercero (3º) del Decreto novecientos dos (902) de Mayo del año mil novecientos ochenta y ocho ( 1988), EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS que se crean con derecho para intervenir en el trámite de herencia admitida en esta Notaría, el once (11) de julio de dos mil veinticinco (2025), aceptada según Acta número 72-2025, con el fin de liquidar, por medio de escritura pública, la liquidación de sociedad conyugal y de herencia (sucesión intestada) de CONCEPCIÓN SAINEA DE BUITRAGO, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 20.063.422 expedida en Bogotá, D.C., quien falleció en la ciudad de Bogotá, D.C., el día doce (12) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), siendo Bogotá, D.C., lugar de su último domicilio y asiento principal de los negocios del causante. El presente EDICTO se publicará por una vez en un periódico de amplia circulación en Bogotá, D.C. y en una radiodifusora local. Las personas interesadas en el presente trámite Sucesoral podrán presentarse a la Notaría dentro de los diez (10) días siguientes desde que se publique en el periódico. Si pasan los diez (10) días hábiles sin que se hubiera formulado oposición, siempre y cuando la Oficina de Cobranzas, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN y/o Administración de Impuestos Distritales de la Secretaría de Hacienda, Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social (UGPP) y la Superintendencia de Notariado y Registro hayan dado su respuesta favorable, la Notaría procederá a otorgar la escritura pública de la liquidación de herencia. El presente Edicto se fija el doce (12) de julio del año dos mil veinticinco (2025), siendo las 8:00 de la mañana. ALVARO ENRIQUE MARQUEZ CARDENAS, NOTARIO CINCUENTA Y CUATRO (54) DE BOGOTÁ, D.C. El presente Edicto se desfija hoy veintitrés (23) de julio del año dos mil veinticinco (2025), siendo las 5:00 PM Constanza/202501675.

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