emplazamiento Juana Ramona Jiménez García identificada Bogota

JUZGADO 2 CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCION DE TIERRAS DE SINCELEJO EMPLAZAMIENTO PROCESO RESTITUCIÓN Y FORMALIZACIÓN DE TIERRAS DESPOJADAS O ABANDONADAS FORZOSAMENTE. La Suscrita Secretaria del Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Sincelejo – Departamento de Sucre – Colombia, de conformidad con el artículo 86 literal e) de la Ley 1448 de 2011, HACE SABER: Que en este Despacho Judicial, el día 15 de julio de 2025, SE ADMITIÓ la demanda de RESTITUCION y FORMALIZACION DE TIERRAS prevista en el artículo 83 de la Ley 1448 de 2011, sobre el predio denominado “Lote”, distinguido con folio de matrícula No. 346-11571 y cédula catastral 707080003000000050012000000000, ubicado en el municipio de San Marcos, departamento de Sucre, presentada por la UNIDAD DE RESTITUCION DE TIERRAS, a través de abogados contratistas, en nombre y representación de los señores Juana Ramona Jiménez García identificada con C.C. No. 34.941.451, Rafael Eustorgio Jiménez García C.C. No. 3.959.396, Domingo Fabio Jiménez García C.C. 3.959.385, Cesar Enrique Jiménez García C.C. No. 10.876.412, Luis Alfredo Jiménez García C.C. No. 10.878.560, Eustorgio de Jesús Jiménez García C.C. No. 10.880.297, Nicolás Agustín Jiménez García identificado C.C. No. 10.876.839, Josefina del Carmen Jiménez García C.C. No. 23.101.701, Arelys Sofia Jiménez García C.C. No. 34.940.760, Elvia Cristina Jiménez García C.C. No. 34.942.786. Seguidamente y para más información, se procede a identificar física y jurídicamente el predio objeto de restitución, conforme lo realizó la UAERGRTD en la demanda, de la siguiente manera: Nombre del Predio ; LOTE Ubicación ; Corregimiento Cucharito, Municipio de San Marcos (Sucre) Matricula Inmobiliaria ; 346-11571 Numero Predial ; 707080003000000000500120000000000 Área Catastral ; 15 has + 2.938 mts 2 Área Georreferenciada. ; 17 has + 8058 mts 2 Relación Jurídica con el Predio ; Propietario La presente publicación de la admisión de la solicitud, tiene por objeto que los acreedores con garantía real y otros acreedores de obligaciones relacionadas con el predio, las personas que se consideren afectadas por la suspensión de los procesos y procedimientos administrativos, las personas indeterminadas que consideren que deben comparecer al proceso para hacer valer sus derechos legítimos y en general quienes se consideren afectados por el Proceso de Restitución, comparezcan al proceso y hagan valer sus derechos. Con la presente publicación se entenderá surtido el traslado de la solicitud de las PERSONAS INDETERMINADAS y de quienes se consideren afectados por el proceso de restitución, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 87 de la Ley 1448 de 2011. La presente publicación se hará en un diario de amplia circulación nacional, como El Tiempo o El Espectador, conforme al literal e) del artículo 86 de la Ley 1448 de 2011, y a manera informativa, en un diario regional, como el Meridiano de Sucre, así como, en emisión radial con amplia cobertura nacional y local en el municipio donde se encuentra ubicado el predio objeto de restitución. SE ADVIERTE que cuentan con un término de quince (15) días contados a partir del día siguiente a la publicación en un diario de amplia circulación nacional, para que presenten s us respectivas OPOSICIONES, acorde con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 1448 de 2011. Sincelejo, Sucre, veintiuno (21) de agosto de dos mil veinticinco (2025). ANA SANDIEGO MERADO VITAL, SECRETARIA. Calle 23 No. 16 – 39 Edificio Las Marías – Complejo Judicial jcctoesrt02sinc@notificacionesrj.gov.co; blog https://juzgado02tierras.wixsite.com/misitio Cel. 3007103815.

Scroll to Top