LA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE TAME, ARAUCA. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente Edicto en el Periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación Sucesoral del(os) causante(s) FRANCISCO SANABRIA BENITEZ, poseedor(es) de la(s) cédula(s) de Cedula de Ciudadanía número(s). 1.191.918 Tame-Arauca y LYDDA HELIA PAUL DE SANABRIA poseedora de la cedula de ciudadania No. 24.248.664 Tame-Arauca, cuyo(s) último(s) domicilio(s) y asiento principal de sus negocios, fue el Municipio de Tame- Arauca, quien(es) falleció (eron) el Veintitres (23) del mes de Mayo del año Dos Mil Veintitres (2023), en el Municipio de Tame-Arauca y el Trece (13) del mes de Agosto del año Dos Mil Veinte (2020), en el Municipio de Yopal- Casanare- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 48 de fecha Veintidos (22) de Agosto del año Dos Mil Veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un Periódico de Circulación Nacional y en la radiodifusora Local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.- El presente edicto se fija hoy Veinticinco (25) del mes de Agosto del año Dos Mil Veinticinco (2025), siendo las siete (7) de la mañana.- EL NOTARIO UNICO. LUIS ALBERTO VILLARREAL RODRIGUEZ.
liquidación Liquidación Sucesoral Bogota
LA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE TAME, ARAUCA. EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el Periódico, en el Trámite Notarial de Liquidación Sucesoral del(os) causante(s) NIEVES PEÑARANDA ORTIZ, poseedor(es) de la(s) cédula(s) de Cedula de Ciudadanía número(s). 33.515.665 Cubara-Boyaca, cuyo(s) último(s) domicilio(s) y asiento principal de sus negocios, fue el Municipio de Tame-Arauca, quien (es) falleció(eron) el Veintiseis (26) del mes de Febrero del año Dos Mil Veinte (2020), en el Municipio de Saravena-Arauca – Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria, mediante Acta No. 47 de fecha Veintidos (22) de Agosto del año Dos Mil Veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un Periódico de Circulación Nacional y en la radiodifusora Local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3°. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días.- El presente edicto se fija hoy Veinticinco (25) del mes de Agosto del año Dos Mil Veinticinco (2025), siendo las siete (7) de la mañana.- EL NOTARIO UNICO, LUIS ALBERTO VILLARREAL RODRIGUEZ.
liquidación Liquidación Sucesoral Bogota
LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA ENCARGADA DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C. EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral intestada de(la) causante: ADRIANO FAJARDO BARBOSA, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía número 17.188.468 expedida en Bogotá, D.C., quien falleció en Bogotá, D.C. – Cundinamarca (Colombia), el día 10 de octubre de 2022, siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bogotá, D.C. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta No. 023 de fecha Once (11) de agosto de dos mil veinticinco (2025). Se ordena la publicación de este Edicto en un Diario de amplia circulación y en una Radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º. del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término legal de DIEZ (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy Once (11) de agosto de dos mil veinticinco (2025), a las 8:30 A.M. LUZ AMANDA GARAVITO RODRIGUEZ, NOTARIA PRIMERA (E).